El ejercicio de la función notarial está a cargo de personas físicas a quienes el Estado les delega la fe pública para los actos en que intervienen con motivo de sus funciones, y a quienes se les denomina Notario Público.
Notario Público, es el Abogado o Licenciado en Derecho a quien el Poder Ejecutivo del Estado, le delega fe pública para que dé constancia y formalidad a los actos y hechos jurídicos, ante él celebrados, que los interesados quieran o deban dar autenticidad conforme a las leyes, así como de dotarlos de la solemnidad que establezca la ley.
Site was created with Mobirise